El CFDI 4.0 Corresponde A La Nueva Versión Del Comprobante Fiscal Digital Por Internet, A Través De La Cual El Servicio De Administración Tributaria (SAT) Busca:
- Obtener Más Detalles Sobre La Información De Los Contribuyentes
- Conocer El Régimen Fiscal Al Que Pertenecen Y Su Actividad Económica
- Fortalecer El Timbrado Electrónico
- Mayor Control Y Simplificación De Los Procesos En Sintonía Con Los Principios Rectores De La Reforma Fiscal 2022.
¿Cuándo Entra En Vigor El CFDI 4.0?
Ya Los Primeros Días De Noviembre De 2021, El SAT Había Anunciado Que Se Encontraba En Preparativos Para El Nuevo CFDI 4.0, Según Reseña El Contribuyente.
Pero Los Cambios Específicos Se Dieron A Conocer En El Portal Del SAT El Pasado 05 De Diciembre De 2021.
Como Mencionamos Al Comienzo De Esta Entrega, El Nuevo CFDI 4.0 Entró En Vigor El 1 De Enero Del 2022. Sin Embargo, El Período De Transición Y Convivencia Con La Factura 3.3 Vence Hasta El 1 De Enero Del 2023, Según La Prórroga Otorgada Por El SAT El 8 De Junio De 2022.
Los Proveedores De Certificación Autorizados Por El SAT (PAC) Tienen Hasta El Término De Junio Para Ajustar Sus Procesos.
A Partir Del 2023, La Implementación De La Nueva Versión De Facturación Electrónica Será Obligatoria Para El Público En General. Quien No Se Haya Ajustado Al Nuevo Formato Simplemente No Podrá Continuar Facturando.
¿Cuáles Son Los Principales Cambios Respecto A La Anterior Versión? (CFDI 3.3)
En Resumen, Estos Son Los Cambios Que Cursan Con La Entrada En Vigencia Del Nuevo CFDI 4.0.
Podrás Corroborar Toda Esta Información En El Sitio Oficial Del SAT.
1. Cambios Generales Del CFDI 4.0
A Partir Del 2023, Será Obligatorio Incluir Estos Elementos En La Facturación Electrónica:
- Nombre (O Denominación) Tanto Del Emisor Como Receptor, Así Como Su Domicilio Fiscal.
- El RFC, Régimen Fiscal Y Código Postal Del Receptor.
- Campos Para Informar Cuando La Operación Involucre Exportación, Incluso Si Es De Carácter Temporal.
- Nuevos Campos Para Informar Si La Operación Que Da Lugar Al CFDI Involucra Impuestos Indirectos.
- Apartados (Nodos) Para Reportar Datos Por Facturación Al Público En General O A Cuenta De Terceros.
- La Periodicidad, En Las Facturas Globales.
2. CFDI Para Retenciones E Información De Pagos
Respecto Al Comprobante Para Retenciones Que Sirve Para Dejar Constancia De Este Tipo De Operaciones E Informar Pagos En El Caso De Contribuyentes Con Residencia En El Extranjero, También Es Objeto De Ligeros Cambios:
- Se Actualiza A La Versión 2.0
- Será Obligatorio Indicar Nombre Y Domicilio Fiscal Del Emisor Y El Receptor
- Se Habilita Un Nodo Que Hace Posible Relacionar A Otros CFDI
- Nuevos Campos Para Indicar El Régimen Fiscal Y Lugar De Emisión.
3. Complemento Para Recepción De Pagos
El Llamado Complemento Para Recepción De Pagos, Que Se Emite Junto Al CFDI De Recepción De Pagos En Caso De Parciales O Diferidos, También Ocupa Ciertos Cambios:
- Se Actualiza A La Versión 2.0
- Nuevos Campos Para Detallar Si Los Pagos Amparados Por El CFDI Son Objeto De Impuestos.
- Se Incluye Un Nuevo Campo Para Indicar Importes Totales De Pagos Recibidos, Con Detalle De Impuestos Retenidos O Trasladados.
4. En Cuanto A La Cancelación De Facturas
Ahora, Dentro De Un Plazo Establecido, Es Posible Cancelar Los CFDI Indicando El Motivo Dentro De Cuatro Posibles Opciones.
Si Se Elige La Clave 01: “Comprobante Emitido Con Errores Con Relación” Deberá Relacionarse Con El Folio Fiscal Del Nuevo CFDI Que Reemplaza Al Cancelado.